Dependencia y Autonomía Personal


Ley de dependencia (Ley 39/2006, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia)

Su reto principal es atender las necesidades de aquellas personas que, por encontrarse en situación de especial vulnerabilidad, derivada de factores como la edad, la enfermedad o la discapacidad  requieren apoyos para desarrollar las actividades esenciales de la vida diaria, alcanzar una mayor autonomía personal y poder ejercer plenamente sus derechos de ciudadanía.

GRADOS DE DEPENDENCIA

  • Grado I: dependencia moderada, la persona necesita ayuda para realizar actividades básicas de la vida diaria
  • Grado II: dependencia severa, la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día pero no quiere el apoyo permanente de un cuidador
  • Grado III: gran dependencia, a persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial

REQUISITOS DE SOLICITUD
  • Haber residido legalmente en España al menos cinco años, dos de los cuales sean inmediatamente anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud
  • Para los menores de tres años, encontrarse en situación de dependencia conforme a lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, y en las disposiciones dictadas para su desarrollo.
  • Residir en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD
Desde que se inicia una solicitud de dependencia por primera vez hasta que se resuelve el servicio o prestación se sigue el siguiente proceso:
  1. Presentar la solicitud para el reconocimiento de grado de dependencia
  2. Valoración del grado de dependencia: Un/a profesional del Servicio de Valoración de la Comunidad Autónoma contactará con usted para concertar una cita en su lugar de residencia donde valorará su capacidad para llevar a cabo las actividades básicas de la vida diaria, así como otro tipo de necesidades de apoyo y supervisión en el caso de personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental.
  3. Comunicación de la resolución del grado de dependencia: Le llegará por el medio que haya elegido de notificación (correo postal, correo electrónico o sede electrónica, la resolución del grado de dependencia reconocido). En este momento sabrá si está o no en situación de dependencia, y en función del grado reconocido podrá solicitar una Prestación o Servicio de los contemplados en el Catalogo.
  4. Elaboración del Programa Individual de Atención: el/la trabajador/a social de los servicios sociales municipales le llamará para concretar una cita en la que recopilará información sobre la situación sociofamiliar y elaborará el correspondiente informe social que se enviará a la Comunidad Autónoma; quien de acuerdo a su grado de dependencia reconocido y prestación solicitada resolverá el expediente.
  5. Comunicación de la asignación del servicio o prestación: Ésta es la última fase del proceso en la que le llegará la resolución del recurso más idóneo, la fecha de efectividad del mismo y la aportación económica a realizar en caso de que el recurso sea un servicio.

Servicios

Imagen Servicio de promoción de la autonomía personal

Servicio de promoción de la autonomía personal

Son servicios de promoción para la autonomía personal los de asesoramiento, orientación, asistencia y formación en tecnologías de apoyo y adaptaciones y que contribuyen a facilitar la realización de las actividades de la vida diaria.

Imagen Servicio de teleasistencia

Servicio de teleasistencia

Tiene por finalidad atender a las personas beneficiarias mediante respuesta inmediata ante situaciones de emergencia, inseguridad, soledad o aislamiento mediante la instalación de un aparato muy sencillo en la vivienda del usuario, conectado mediante la línea telefónica a una central receptora 24 horas, con la cual se puede comunicar simplemente pulsando un botón.

Imagen Servicio de Ayuda a Domicilio

Servicio de Ayuda a Domicilio

Atención personal en la realización de las actividades de la vida diaria y la cobertura de las necesidades domésticas. El número de horas mensuales de servicios se determina según grado de dependencia reconocido.

Imagen Servicio de Centro de Día

Servicio de Centro de Día

Los Centros de Día ofrecen una atención integral durante el período diurno a las personas en situación de dependencia, con el objetivo de mejorar o mantener el mejor nivel posible de autonomía personal y apoyar a las familias o cuidadores. Constituye una alternativa al internamiento residencial de las personas dependientes y puede ser un servicio de carácter temporal o permanente.

Imagen Servicio de atención Residencial (Excepto Grado 1)

Servicio de atención Residencial (Excepto Grado 1)

El servicio de atención residencial ofrece una atención integral y continuada, de carácter personal, social y sanitario, que se prestará en centros residenciales, públicos o acreditados, teniendo en cuenta la naturaleza de la dependencia, grado de la misma e intensidad de cuidados que precise la persona. Este Servicio sólo podrá ser solicitado por personas que tengan reconocido grado II o III

Imagen Prestaciones Económicas

Prestaciones Económicas

Las prestaciones económicas que contempla la ley son las siguientes:

  • Prestación económica vinculada al servicio: Se reconocerá únicamente cuando no sea posible el acceso a un servicio público o concertado.
  • Prestación económica para cuidados en el medio familiar y apoyo a cuidadores no profesionales. Tiene carácter excepcional.
  • Prestación económica de asistencia personal.

Más información sobre Dependencia:
Comunidad Autónoma
  • En el teléfono 012 si se llama desde dentro de la Región de Murcia.
  • En el teléfono 968.362.000 si se llama desde fuera de la Región.
  • En la pégina web del Gobierno de la Región de Murcia.

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